Objeto: Reconocer y distinguir a las empresas y entidades con domicilio social y actividad en la C. Valenciana que destaquen por la aplicación en su empresa de medidas innovadoras de conciliación de la vida laboral, familiar, personal y fomento de corresponsabilidad entre mujeres y hombres.
Beneficiarios: Empresas y entidades privadas con actividad y domicilio fiscal y social en la C. Valenciana. Requisitos a tener en cuenta a la hora de presentar la solicitud:
a. Estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro público.
b. Ejercer su actividad y tener su domicilio social y fiscal en la C. Valenciana.
c. No estar incursas en circunstancias previstas en el artículo 13 Ley 38/2003, general de subvenciones.
d. Encontrarse al corriente de sus obligaciones con la AEAT y la Seguridad Social.
e. Tener vigente y registrado un plan de igualdad.
f. No haber sido sancionada en materia de seguridad y salud laboral.
g. No haber sido sancionada por ejercer o tolerar prácticas laborales discriminatorias.
h. No estar cumpliendo sanciones administrativas.
Cumplimentar formulario de acreditación de cumplimiento de los requisitos anteriores.
Premio: consiste en una escultura o placa acreditativa y una dotación económica para las diferentes categorías de premios:
a. Premios Conciliant C. Valenciana modalidad A: 5.000€.
b. Premios Conciliant C. Valenciana modalidad B: 8.000€.
c. Premios Conciliant C. Valenciana modalidad C: 12.000€.
Criterios de valoración:

Para poder optar a cualquiera de los premios en las modalidades previstas, será indispensable haber obtenido mínimo 50 puntos.
La puntuación máxima es de 90 puntos, salvo para empresas o entidades cuyo domicilio social se encuentre ubicado en municipios afectados por la dana y desarrollen en el territorio de la C. Valenciana su actividad económica, se le asignarán 10 puntos adicionales, alcanzando 100 puntos.
Plazo, lugar y forma: El plazo para presentar la solicitud inicia el 26 de marzo de 2026 y finalizará el 10 de abril de 2026, telemáticamente en la sede electrónica de la Generalitat o en cualquier registro de las sedes de la Dirección General de Igualdad y del Instituto de la Mujer, de Alicante.
La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los 30 días anteriores al contrato.
Deberán prestar sus servicios en centros de trabajo ubicados en la Comunitat Valenciana.
Documentación con la solicitud:
a. Documento descriptivo de actuaciones y/o medidas de conciliación de vida laboral, familiar y personal (Anexo I, Memoria descriptiva).
b. Copia de los Estatutos de la entidad solicitante.
c. Documento de acreditación del representante, actuar y realizar operaciones bancarias de la entidad.
d. Declaración de ayudas minimis (Anexo II)
e. Certificado titularidad de cuenta bancaria
f. Autorización de representación de la entidad
g. Cumplimentación de todas las declaraciones responsables.
7. Plazo de resolución y publicación: será de 3 meses a partir de la fecha de publicación de la convocatoria y se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Si no hay resolución expresa, se entenderá que la solicitud es desestimada.
8. Pago y justificación: el pago se realizará una vez dictada la resolución de concesión.
