PUBLICADO EN EL B.O.E. EL SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL para el año 2020.

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El día 5 de febrero de 2020 se ha publicado en el B.O.E. el Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el año 2020.

· Con fecha 01/01/2020, el SALARIO MINIMO para cualquier actividad en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en las siguientes cuantías:

· Para los trabajadores eventuales y temporeros su salario profesional no puede ser inferior a 44,99 € por jornada legal en la actividad. En dicha cuantía se incluye la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.

· El salario mínimo de los empleado del hogar que trabajen por horas, en régimen externo, será de 7,43 € por hora efectivamente trabajada, incluyendo todos los conceptos retributivos.

· Las nuevas cuantías, suponen un incremento del 5,56 % con respecto al año 2019 y tienen efectos retroactivos desde el día 01/01/2020