Subvenciones destinadas al programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres

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RESOLUCIÓN DE 30 DE DICIEMBRE DE 2020, DEL DIRECTOR GENERAL DE LABORA SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO Y FORMACIÓN, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL EJERCICIO 2021 LAS SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA DE APOYO AL MANTENIMIENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO DE MUJERES

Segundo. Objeto y ámbito

1. Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar el emprendimiento a través del programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres, por el que se otorga una subvención por la contratación de personas desempleadas que efectúen mujeres autónomas embarazadas o en proceso de adopción, a fin de que puedan transferirles el conocimiento necesario que posibilite el mantenimiento de la actividad durante la baja maternal.

2. Las subvenciones solo se concederán para centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana.

Tercero. Personas beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las mujeres trabajadoras autónomas que en el momento de la contratación subvencionable se encuentren embarazadas o en proceso de adopción.

Cuarto. Condiciones para la concesión de la subvención

La concesión de la subvención requerirá:

a) La contratación debe efectuarse a partir del 1 de enero de 2021 y siempre con carácter previo a la baja maternal de la mujer trabajadora autónoma.

b) La persona contratada debe haber permanecido en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de empleo en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta su contratación.

c) La persona contratada no debe mantener con la beneficiaria una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, o su equivalente en el caso de las parejas de hecho.

Quinto. Cuantía de la subvención

1. El importe de la subvención ascenderá a:

a) En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 3 meses de duración: 1.500 euros.

b) En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 6 meses de duración: 3.500 euros.

2. Los importes indicados en el apartado 1 se incrementarán en 500 euros si se contrata a una persona con diversidad funcional o a una mujer.

3. Los contratos a tiempo parcial de al menos 30 horas semanales resultarán subvencionables, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

Sexto. Forma y plazo de presentación de solicitudes

1. La solicitud se presentará preferentemente de forma telemática en la Sede electrónica de la Generalitat Valenciana, a través del procedimiento habilitado al efecto y denominado «EAUTOM 2021.

3. El plazo para la presentación de solicitudes será del 21/01/2021 al 01/09/2021. Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención.

Séptimo. Documentación que debe acompañar a la solicitud

b) Datos de domiciliación bancaria.

f) Certificado o resolución acreditativa de la diversidad funcional de la persona contratada.

h) Certificado médico acreditativo de la situación de embarazo y de la fecha probable de parto o Declaración de idoneidad del Consejo de Adopción de Menores de la Generalitat.

i) Contrato de trabajo que da lugar a la subvención.

3. La solicitud y los formularios normalizados para la tramitación de estas subvenciones se encuentran disponibles en la web de LABORA

Decimocuarto. Obligaciones de las personas beneficiarias

a) Formalizar los contratos de trabajo por escrito, debiendo recoger en su clausulado la duración estimada expresada en meses completos.

b) Los contratos a jornada parcial deberán recoger expresamente en su clausulado el número de horas semanales de trabajo.

c) Mantener la relación laboral con el trabajador cuya contratación motivó la ayuda al menos durante el periodo subvencionado de 3 o 6 meses.

d) Acreditar la realización de la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda, así como el cumplimiento de los requisitos y de las condiciones que determinen esa concesión.

i) Aportar, en el plazo de un mes tras la finalización del periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, una declaración en modelo normalizado sobre el cumplimiento de las obligaciones de transparencia.