A partir del 1 de Enero 2020, el permiso de paternidad se ampliará a 12 semanas según establece el Real Decreto-ley 6/2019 de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
- El permiso de paternidad contará con un periodo de suspensión total de 12 semanas, de las cuales las 4 primeras se disfrutarán de forma obligatoria e ininterrumpida inmediatamente después del parto o resolución judicial de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
- Las 8 semanas restantes podrán disfrutarse, una vez finalizado el descanso obligatorio posterior al parto, de forma interrumpida y por semanas completas hasta que el hijo o hija cumpla un año.
- Este permiso de paternidad es intransferible, por lo que si el padre no lo disfruta, no se podrá ceder a la madre.
- Recordar a nuestros señores clientes, que para el año 2021 el mismo Real Decreto-Ley 6/2019 equiparará la duración del permiso de paternidad al de maternidad, siendo un total de 16 semanas.